¿Cuidas el etiquetado de Alimentos No Envasados ?

La etiqueta es el medio de comunicación que tiene un contacto más directo entre el  producto y el cliente durante el proceso de compra.

Cuanto más se cuide la imagen de marca, además, que la información que se transmite sea lo más clara y precisa, más posibilidades de éxito se tendrá la elección de su producto en el proceso de compra.

Los alimentos no envasados son aquellos que:

  • Se presentan para la venta sin envasar o se suministra en establecimientos que sirven comidas como pueden ser bares, restaurantes, comedores…
  • Los que se suministran a otros establecimientos como residencias de ancianos, hospitales, colegios, comedores de empresa,…
  • Los alimentos que se venden al peso o a granel como frutas, verduras, frutos secos, fiambres, pescados…..
  • Los alimentos que se envasan por los titulares del comercio al por menor para su venta inmediata en el establecimiento o establecimientos de su propiedad.

Requisitos de información mínima obligatoria para alimentos no envasados varían en función de la modalidad de venta:

  1. Común a todas las modalidades – la identificación que causan alergias o intolerancias
  2. Sin envasar suministrados por colectividades – Restaurantes, comedores, hospitales…deben informar obligatoriamente de los ingredientes susceptibles de causar alergias o intolerancias alimentarias
  3. Sin envasar o envasados en punto de venta a petición del comprador – En las etiquetas se debe incluir la denominación del alimento, cantidad de ingredientes, grado alcohólico en caso de bebidas con graduación superior al 1,2% vol. En otros casos, es necesario otro tipo de información.
  4. Envasados por los titulares del comercio minorista para venta inmediata – Deben llevar la misma identificación que los productos envasados, excepto la información nutricional
  5. Envasados en bolsas – Frutas, hortalizas, tubérculos, frutos secos, etc. envasados en bolsas transparentes a través de las que se ve su contenido a simple vista, solo necesitan informar sobre la denominación del alimento, cantidad neta y empresa alimentaria
  6. Venta a distancia – Debe indicarse la información obligatoria en función si el alimento es envasado o no envasado. Toda la información debe estar disponible antes de finalizar la compra incluidos los alérgenos, sin costes adicionales y acompañar a los alimentos en el momento de la entrega.

En Eti-nor te ayudamos a que tus productos salgan a la venta con toda la información clara y concisa para que llegue a tus clientes en perfectas condiciones

¿Te ayudamos a elegir la mejor etiqueta para tu producto no envasado?

Es recomendable ponerse en contacto con su Comunidad Autónoma para ampliar cualquier información legislativa correspondiente al etiquetado de su alimento no envasado.

Fuente: AECOSAN  Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social