¿Conoces el RD 4/2014? Se trata de una normativa para el etiquetado de jamones y otros productos ibéricos cuyo propósito es ofrecer a los consumidores información clara y precisa.

Si quieres saber más, sigue leyendo. A lo largo del artículo te damos todas las claves sobre esta norma de calidad, incluyendo el significado de los colores de los precintos.

¡Vamos allá!

Objetivos de la normativa de calidad del ibérico, ¿cuáles son?

En 2014 se aprobó en España el Real Decreto 4/2014, una norma en la que se establecen los estándares de calidad para la carne, la paleta, el lomo y el jamón ibérico. ¿El objetivo? Evitar engaños y malas prácticas en la venta de estos alimentos gourmet.

Así, se trata de una normativa que entra en vigor para cumplir con los siguientes propósitos:

  • Mejorar la información proporcionada a los consumidores en relación con el etiquetado de los ibéricos.
  • Asegurar un control más exhaustivo sobre la calidad y comercialización de estos productos.

Claves de la normativa para el etiquetado de jamones ibéricos

El Real Decreto 4/2014 detalla los datos obligatorios que hay que incorporar en el etiquetado de los jamones y otros productos ibéricos. Te resumimos los aspectos más relevantes a continuación.

Denominación de venta

Según la normativa de calidad para productos ibéricos, todas las etiquetas tienen que incluir obligatoriamente estas tres designaciones, las cuales deben coincidir en género y mostrarse en el siguiente orden:

  • Tipo de producto. Se trata del jamón, caña de lomo, paleta, lomo embuchado o lomo si son productos elaborados o del nombre específico de la pieza en el caso de que sean frescos provenientes del despiece de la canal.
  • Alimentación y manejo. Puede ser tanto de bellota como de cebo de campo o de cebo.
  • Tipo racial. Hace referencia al porcentaje de pureza racial del cerdo del que proviene la pieza, siendo 100% ibérico, 75% ibérico o 50% ibérico.

Los productos ibéricos deben llevar un precinto que varía de color según su denominación de venta

Precintos de los jamones

Tanto los jamones como las paletas y cañas de lomo ibéricas han de incorporar un precinto asignado en el matadero que puede variar de color según la denominación de venta.

  • Etiqueta negra, reservada para el jamón de bellota 100% ibérico en exclusiva. Este precinto asegura que se trata de jamones provenientes de cerdos 100% ibéricos que han sido criados en libertad en las dehesas y alimentados en su fase final de engorde con bellotas, hierbas aromáticas y pastos naturales.
  • Etiqueta roja para el jamón de bellota ibérico. En este caso, la brida identifica a los jamones de cerdos cruzados, de ahí que no sean 100% de raza ibérica. No obstante, estos animales también han sido criados en libertad y, en su fase final de engorde, han comido a base de bellotas, hierbas aromáticas y pastos naturales.
  • Etiqueta verde para el jamón de cebo de campo ibérico. Se hace referencia a aquellos jamones de cerdos cruzados que han sido alimentados al aire libre con pienso y pastos naturales. Dentro de esta categoría es posible encontrar distintos porcentajes: ibéricos al 100%, 75% y 50%.
  • Etiqueta blanca para jamones de cebo ibérico. El precinto señala que estos productos provienen de cerdos cruzados que han comido pienso a base de legumbres y cereales, ya sea en granjas, cebaderos o establos. Como en el caso anterior, pueden ser ibéricos al 100%, 75% o 50%.

La normativa para el etiquetado de jamones también especifica que las piezas con precintos de color rojo, verde o blanco tendrán que indicar el porcentaje de raza ibérica presente en el producto, siendo el 50% el mínimo admisible.

Por otro lado, esta etiqueta llevará una numeración individual y única, impresa de manera indeleble y perfectamente legible, para vincular la pieza con la canal o media canal de origen dentro del lote de sacrificio, según los registros de trazabilidad.

Otras consideraciones importantes sobre la normativa para el etiquetado de jamones

El Real Decreto 4/2014 también incluye diversas especificaciones que mejoran todavía más la información presente en el etiquetado, así como los sistemas de control de los productos ibéricos.

Estas son las consideraciones más importantes a tener en cuenta en el caso de las etiquetas:

  • Los términos “dehesa” y “montanera” solo es posible emplearlos en el etiquetado de los productos de bellota, sin importar el grado de pureza racial. Así, está prohibido usarlos en jamones de cebo de campo o cebo.
  • Con la nueva normativa tampoco se pueden utilizar las denominaciones «recebo» o «ibérico puro».
  • Los nombres, símbolos o imágenes asociados con la dehesa o la bellota están reservados exclusivamente para la designación «de bellota».

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