¿Conoces la normativa de etiquetado sin gluten? En este artículo te explicamos todo en detalle, incluyendo las limitaciones con las que nos podemos encontrar en la legislación actual y los símbolos o certificaciones que hay para etiquetar los alimentos libres de gluten.
¡Empezamos!
Normativa de etiquetado sin gluten, ¿cuál es la legislación vigente?
Existen diversas leyes que conviene tener en cuenta a la hora de etiquetar los alimentos correctamente y que abordan, de alguna u otra forma, el etiquetado de productos con gluten. Dos destacan por encima del resto.
Reglamento (UE) Nº 1169/2011
Se centra en la información que deben ofrecer los operadores alimentarios a los consumidores. El Anexo II especifica las sustancias que pueden causar alergias o intolerancias, las cuales deben ser claramente indicadas en el etiquetado de los productos, y entre ellas se encuentran los cereales que contienen gluten.
Esta norma se aplica tanto a productos envasados como sin envasar y a aquellos alimentos envasados en el punto de venta. Sin embargo, tiene una limitación importante: solo se enfoca en los alérgenos presentes en los ingredientes, no en la contaminación cruzada. En otras palabras, no exige el control del gluten que podría estar en el producto final si los protocolos de seguridad en la manipulación de los alimentos sin gluten fallan.
Reglamento de Ejecución (UE) Nº 828/2014
Este reglamento establece los requisitos para comunicar a los consumidores la presencia reducida o la ausencia de gluten en los productos alimenticios.
¿Y cuáles son las declaraciones permitidas?
- “Sin gluten”. Únicamente se puede emplear en aquellos productos que tienen menos de 20 mg/kg (ppm) de gluten en su forma final de venta al consumidor.
- “Muy bajo en gluten”. Declaración aplicable a productos que acumulan entre 20 y 100 mg/kg (ppm) de gluten y que:
- están elaborados a partir de trigo, cebada, centeno, avena o sus derivados,
- contienen uno o más ingredientes hechos a partir de estos cereales,
- o han sido procesados específicamente para reducir su contenido de gluten.
Leyendas adicionales
Es posible complementar dichas menciones con las frases «adecuado para las personas con intolerancia al gluten» o «adecuado para celíacos». Asimismo, si los alimentos han sido desarrollados para cumplir con las necesidades nutricionales especiales de las personas con celiaquía también se puede usar “elaborado específicamente para celíacos” o “elaborado específicamente para personas con intolerancia al gluten”.
Críticas al reglamento
No son pocas las voces críticas hacia este reglamento. ¿El motivo? Las leyendas adicionales pueden generar confusión a los compradores. Por ejemplo, un alimento etiquetado como «muy bajo en gluten» (hasta 100 ppm) puede llevar la mención «adecuado para celíacos». Sin embargo, cualquier producto con más de 20 ppm de gluten no es seguro para personas con celiaquía. Por lo tanto, los consumidores deben prestar atención a las etiquetas «sin gluten» o «muy bajo en gluten», ignorando las frases adicionales.
¿Las trazas están reguladas en la normativa de etiquetado sin gluten?
La legislación europea requiere que los alérgenos se mencionen explícitamente en el etiquetado cuando forman parte de los ingredientes de un producto. Sin embargo, no es obligatorio declarar la posible presencia de trazas en el producto.
En este contexto, muchos fabricantes optan por seguir el Etiquetado Precautorio de Alérgenos (EPA) y agregan voluntariamente advertencias como «puede contener trazas de gluten» para señalar una posible contaminación cruzada. Ahora bien, conviene recordar que estas directrices no están reguladas y su inclusión siempre será opcional.
Normativa de etiquetado sin gluten y el uso de símbolos, ¿son obligatorios?
Es común ver en los envases de productos iconos gráficos que permiten identificar rápidamente aquellos alimentos con un contenido igual o inferior a 20 ppm, indicando así que son aptos para celíacos. ¿Y cuál utilizar? Lo cierto es que no es obligatorio emplear un diseño específico, por lo que los fabricantes tienen la opción de emplear sus propios iconos.
La Espiga Barrada
La Espiga Barrada es un símbolo que se encuentra regulado por la Sociedad de Asociaciones de Celíacos de Europa (AOECS), aunque esta organización delega en sus asociaciones miembros la autoridad para conceder y supervisar su utilización. Por lo tanto, cualquier producto en el que aparezca la Espiga Barrada significa que tiene 20 ppm de gluten o menos.
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